NORMAS ESPAÑOLAS EN LA CRIANZA
Los vinos de calidad españoles no podrán usar virutas de roble
En España no se podrá utilizar esta técnica enológica para envejecer los caldos en aquellos vinos de calidad Crianza, Reserva y Gran Reserva, ni en los vinos de la tierra ni en los vinos de calidad producidos en región determinada (VCPRD).
Por: Lucho Galán Cáceres
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto con el que intenta proteger los vinos de calidad españoles de más prestigio, vinculándolos, exclusivamente, al empleo de recipientes de madera de roble.
De esta forma los mantiene al margen -de cara al consumidor- de esta práctica enológica, típica de algunos nuevos productores, que no se utilizaba en España pero que ha aprobado la Unión Europea, que consiste en añadir trozos de madera de roble en el proceso de envejecimiento del vino.
En concreto, el Real Decreto prohíbe esta utilización a los vinos tranquilos de calidad producidos en región determinada (VTCPRD), de las menciones tradicionales complementarias "Crianza", "Reserva" y "Gran Reserva", que no podrán designar así a los caldos elaborados con ayuda de trozos de madera de roble.
Tampoco lo podrán hacer los "Vinos de la tierra" ni los vinos de calidad producidos e región determinada (VCPRD) que utilicen las indicaciones "Noble", "Añejo", "Barrica" y "Roble".
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